¿Qué dice el Art. 85 de la Ley 24.449?

El artículo 85 de la Ley Nacional de Tránsito 24.449, modificado por la Ley 26.363, contempla un mecanismo concreto para reducir el monto de las multas: una reducción del 50% del valor original cuando se cumplen dos condiciones.

La primera: que la infracción corresponda a normas de circulación. La segunda: que exista reconocimiento voluntario de la infracción por parte del conductor.

¿Cuándo conviene aceptar la reducción?

Conviene cuando la multa es válida — sin defectos formales y dentro del plazo de prescripción — y el reconocimiento voluntario representa un ahorro económico claro.

Pero no conviene reconocer automáticamente la infracción sin revisar el caso. Muchas multas pueden:

  • Estar prescriptas (Art. 89 de la misma ley).
  • Tener errores en el acta que permitan su anulación.
  • Adolecer de vicios de notificación o procedimiento.

En esos casos, pagar el 50% sigue siendo pagar de más por una multa que no debería cobrarse.

¿Se pueden negociar rebajas adicionales?

Sí. Un abogado especializado puede negociar rebajas adicionales según los antecedentes del caso, las condiciones particulares del infractor y la receptividad del Juzgado de Faltas correspondiente.

Esa negociación funciona mejor cuando se la combina con argumentos técnicos sobre defectos del acta o de la notificación, que aumentan el costo procesal de sostener la multa para el organismo sancionador.

¿Qué pasos seguir antes de pagar?

  1. Verificá la deuda en el sistema oficial (en PBA: infraccionesba.gba.gob.ar).
  2. Revisá el acta o notificación, si la tenés. Si no, pedila formalmente.
  3. Chequeá la fecha de la infracción — puede estar prescripta.
  4. Identificá errores formales: datos del vehículo, lugar, fecha, hora, identificación del infractor.
  5. Recién después decidí si pagar con reducción, plantear descargo o iniciar otra vía.

Información basada en la Ley 24.449 (artículo 85) y modificaciones de la Ley 26.363. Cada caso requiere análisis individual de la infracción y la jurisdicción aplicable. Para tu situación particular, consultá con un profesional.